Entrevista Radial
Horacio Ortega : "Las cuestiones electorales se van resolviendo en términos de hora"
La Fiscalía de Estado en pos de evitar confusiones en el electorado aclara, que ante las manifestaciones erróneas expresadas por el Senador Provincial de Partido Justicialista (PJ) Martín Barrionuevo, respecto de la resoluci&o...
La Fiscalía de Estado en pos de evitar confusiones en el electorado aclara, que ante las manifestaciones erróneas expresadas por el Senador Provincial de Partido Justicialista (PJ) Martín Barrionuevo, respecto de la resolución de Constitucionalidad del Decreto Provincial N° 1.260, el cual reglamenta un artículo de la ley electoral provincial, que las actuaciones continúan en el ámbito de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral del Poder Judicial de la Provincia.
En tal sentido, el Fiscal de Estado de la Provincia, Horacio David Ortega, dialogó con la periodista Cristina Vicenitn en el aire de LT7 para disipar todo tipo de malentendidos.
En primer lugar Ortega explicó que por un mandato legal cada resolución que sea adversa a la fiscalía de estado, tenemos laobligación de apelar, explicó. A partir de ahí, tenía que plantar la apelación. El decreto está dentro del reglamento que tiene el poder ejecutivo explicó el fiscal . Se basa en que cada vez que sale una ley, el poder ejecutivo puede dictar los decretos necesarios para hacerla operativa o aclarar algún concepto. "Lo que estamos hablando es de un artículo del código electoral", aclaró Ortega.
El día viernes se interpuso una apelación, pero ese día por la tardel, se le notifica al gobernador, un amparo que había presentado una fuerza política como es el PANU y se habían interpuesto a la acción de amparo ante el juez de ejecución Aquino Britos disponiendo una media cautelar suspendiendo los efectos del decreto N°1260. Al desconocer el amparo, el fiscal Ortega explicó que se solicitó a la Cámara de Apelaciones, sin conocer
Ortega explicó que el decreto está para evitar confusiones y no haya efectos de arrastre. En mejores términos, es a la adhesión material a las boletas y no una prohibición para realizar adhesiones. Cuando un partido no lleva candidato provincial o en una grilla municipal,una vez que se firmaba la alianza, la sección municipal tenía que acompañar la decisión de acompañar al partido y no formar parte de otra alianza.
Sobre la posibilidad de que este decreto afecta a las agrupaciones chicas se quedan sin la posibilidad de participar en la instancia provincial.A todo esto Ortega aclaró que lo más claro fue la adhesión de los partidos pequeños a una alianza como Vamos Corrientes, todos han participado y no se le privó a ninguno. El decreto fue ordenando muchas cosas. Hay un frente que representa a la izquierda y otro que representa ideas libertarias, además de otros frentes acomodándose a su nexo ideológico que va caracterizando a cada uno.
Las cuestiones electorales se van resolviendo en términos de hora, definió el fiscal.
Hablando de los plazos, recién el 12 de julio es la fecha límite para la presetación de candidatos de cada alianza. Pero también existe la posibilidad de impugnación de acuerdo a fallo de la fuerza electoral, donde cada uno de los partidos políticos, va a tener que hacer valores, este tipo de cuestiones, finalizó Ortega.
- Fecha 02.07.2025
- Sección Ciudad
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